NACIONALIZACION

Nacionalización
Significa acción y efecto de nacionalizar, se ha considerado por los Estados soberanos como la potestad que tienen, para asumir o recobrar una actividad económica que había estado mayormente sujeta a la acción de los particulares. Gramaticalmente hablando, la palabra nacionalización tiene varios significados, aquí abordaremos dos que son esenciales:

1.    Que una determinada actividad sólo pueda ser desarrollada por ciudadanos nacionales de un país, por ejemplo, en México la concesión de autotransportes en carretera sólo se otorga a ciudadanos mexicanos.

2.    Que se reserve exclusivamente al Estado, ya sea la explotación de determinados bienes, o el desarrollo de actividades que se consideren de interés público, así, en México se utiliza frecuentemente la palabra nacionalización del petróleo, para aludir al decreto de 18 de marzo de 1938, por medio del cual el Estado mexicano decretó la expropiación de las compañías petroleras privadas.

En consecuencia, se reformó el párrafo sexto del artículo 27 Constitucional, estableciendo la nacionalización de dicha industria y a la letra dice: “…Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radioactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la Ley Reglamentaria respectiva.
Corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines.





Por medio de la nacionalización del estado no adquiere bienes, si no que reserva un actitud para los gobernados o conserva para si determinado renglón de sus recursos.
Están confiados exclusivamente a mexicanos al transporte carretero de pasajeros, turismo y carga; la distribución de gas y gasolina; radio y televisión; uniones de crédito; banca de desarrollo; algunos servicios profesionales y técnicos; en determinados casos esta reservada cierta participación a las nacionales:
Ø Transporte aéreo.
Ø Casas de bolsa.
Ø Telefonía
Ø De conformidad con los bienes de la materia.
Según Eduardo Novoa Monreal, procederá la nacionalización cuando se trate de recursos naturales o de medios de producción, pudiendo o no mediar indemnización; para Ramon Martin Mateo, la indemnización siempre será necesaria.

La nacionalización esta cayendo en desuso, dado el auge de l economía de mercado en el estado neoliberal.

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