CONFISCACION

Confiscación
Los antecedentes de la confiscación se encuentran en la antigua Roma, donde se aplicaba como pena por la que se privaba de sus bienes a los ciudadanos a quienes se consideraban fuera de la ley y privados de sus derechos civiles y políticos. De igual manera, en la Edad Media, fue una figura muy utilizada por diversos estados. Tradicionalmente la doctrina del derecho administrativo la ha concebido, como una medida ilegal y arbitraria que realiza el Estado al apoderarse de los bienes de un particular, ya que esta figura no encuentra respaldo ni reconocimiento en la Constitución, ni en las leyes ordinarias que nacen de la misma. La confiscación es, el apoderamiento o adjudicación de bienes muebles o inmuebles propiedad de un particular, que hace el Estado, sin un respaldo en preceptos jurídicos, además de que la misma Carta Magna la prohíbe

El artículo 22 de nuestra Carta Magna determina lo siguiente: No se considerará confiscación la aplicación de bienes de una persona cuando sea decretada para el pago de multas o impuestos, ni cuando la decrete una autoridad judicial para el pago de responsabilidad civil derivada de la comisión de un delito. Tampoco se considerará confiscación el decomiso que ordene la autoridad judicial de los bienes en caso de enriquecimiento ilícito en los términos del artículo 109, la aplicación a favor del Estado de bienes asegurados que causen abandono en los términos de las disposiciones aplicables, ni la de aquellos bienes cuyo dominio se declare extinto en sentencia. 

Requisitos o condiciones para que se produzca: 
a)    Que el desapoderamiento de los bienes obedezca a causas de carácter personal con relación al propietario.
b)    Que se invoqué como causa del apoderamiento de los bienes, faltas cometidas por el propietario.
c)    Que los bienes no aparezcan calificados por la ley como de utilidad pública ni interés general.
d)    Que se ejecute como medida de castigo o represión al propietario.
Características:
a)    De orden público, atribución del Estado.
b)    Carece de indemnización. 
c)    Se impone por infracción a la ley. 
d)    Es de orden penal. 
e)    Se da en regímenes de facto.
f)     Es un arma política que afecta a la persona y a los bienes de ésta.

g)    Los bienes son destinados a obras públicas.

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